De la Ciudad… VEMEPE: reforma fiscal para subsanar vacío jurídico

*Se busca un beneficio directo al usuario

Por Guillermo Pimentel Balderas

El crecimiento sostenido de la micromovilidad eléctrica representa una alternativa sustentable y eficiente para los trayectos cortos en la ciudad de México. No obstante, este dinamismo ha establecido retos importantes en materia de seguridad vial y ordenamiento del espacio público, lo que originó modificaciones previas en la Ley de Movilidad y sus reglamentos para obligar al registro, control e identificación de este tipo de transportes.
El diputado Pablo Trejo Pérez ante estos escenarios, propone regularizar el régimen fiscal para Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (conocidos como VEMEPE), en la Ciudad de México. Esto, en el marco de los trabajos de la Comisión Permanente del Congreso de la Ciudad de México.
Con la presentación de una iniciativa con proyecto de decreto, plantea reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México con la finalidad de otorgar certeza jurídica y regular los derechos por los servicios de control vehicular y licencias para los VEMEPE.
Explica que la propuesta representa el eslabón final de una estrategia integral que comenzó con la reforma a la Ley de Movilidad en agosto de 2025 para definir formalmente a estos vehículos particulares; continuó en mayo de 2026 con la actualización del Reglamento de Tránsito, y se complementó el pasado 30 de junio con la publicación de los lineamientos operativos de la Secretaría de Movilidad para el emplacamiento y registro de estas unidades.
El diputado por el Distrito 15 en Iztacalco explica que, el propósito central de esta reforma fiscal es subsanar el vacío jurídico actual, armonizando las obligaciones de movilidad con la normatividad hacendaria.
“De este modo, se busca que las autoridades administrativas cuenten con facultades expresas bajo el principio de legalidad tributaria para el cobro de derechos, garantizando tarifas proporcionales que reflejan de manera razonable los costos operativos del gobierno sin desalentar el uso de alternativas de transporte limpias”, aduce.
Es de aleccionar que, la adición del artículo 224 Bis propone el esquema de cobros para los trámites vehiculares correspondientes a los VEMEPE: Alta vehicular (comprende expedición inicial de placa y tarjeta de circulación): $355.00. Reposición de tarjeta de circulación, cambio de propietario, domicilio, motor o corrección de datos: $140.00. Trámite de baja de vehículo: $200.00. Cualquier otro servicio de control vehicular distinto a los anteriores: $150.00
Como aspecto relevante, destaca que las cuotas y tarifas planteadas surgen de un análisis metodológico coordinado con la Secretaría de Movilidad, el cual busca un beneficio directo al usuario. La recaudación establecida, representa únicamente una recuperación parcial de los costos operativos de los módulos de atención y plataformas tecnológicas, con lo cual la administración pública absorbe gran parte del gasto con el objetivo prioritario de incentivar de manera masiva la regularización de estas unidades en lugar de perseguir fines recaudatorios.
Asimismo, la propuesta contempla la reforma de las fracciones correspondientes a las licencias de conducir en el artículo 229 del mismo ordenamiento fiscal. Se establece que las licencias Tipo A1 (con un costo de $572.00) y Tipo A2 (con un costo de $1,142.00) incorporen de manera explícita la facultad para conducir vehículos motorizados eléctricos personales, además de las motocicletas y vehículos particulares según corresponda.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Hacienda para su análisis, discusión y dictaminación.
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