Aprueban en Congreso incluir VEMEPE al Código Fiscal de CDMX

El diputado Pablo Trejo Pérez considera que la incorporación de nuevas formas de movilidad representa retos en materia de identificación, registro y convivencia en el espacio público, por lo que consideró necesario contar con disposiciones claras y coordinadas entre la legislación de movilidad y la fiscal.
Por Guillermo Pimentel Balderas
El legislador capitalino Pablo Trejo Pérez fija que el dictamen que presentó ante el Pleno del Congreso de la Ciudad de México (y que fue aprobado por la Comisión de Hacienda y por mayoría) busca armonizar el Código Fiscal de la Ciudad de México con la categoría de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE).

Indica que se trata de extender un tratamiento fiscal ya existente en los conceptos expresamente señalados e incorporar estos vehículos a las disposiciones relacionadas con las licencias A1 y A2.
Precisa que solo se limita a establecer el tratamiento fiscal de los servicios administrativos relacionados con los VEMEPE y no sustituye las normas de circulación ni establece nuevas reglas de seguridad vial.
Indica que el registro de estos vehículos también permitirá generar información sobre los trámites realizados, lo que podrá aportar elementos para conocer la demanda de servicios y evaluar sus resultados administrativos y presupuestarios conforme avance la implementación de la reforma.
El legislador capitalino sostiene que el dictamen en sentido positivo que, reforma los artículos 224 y 229 del Código Fiscal local, es con el objetivo de armonizar las disposiciones fiscales con la regulación vigente en materia de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE).
Durante su intervención en la Tribuna del Palacio de Donceles, fue claro al explicar que la reforma busca incorporar expresamente a los VEMEPE al régimen de determinados servicios de control vehicular y reconocerlos dentro de las disposiciones relacionadas con las licencias de conducir tipo A1 y A2.

Trejo Pérez recuerda que las modificaciones al marco jurídico de movilidad ya contemplan a los VEMEPE como una categoría específica de vehículos, por lo que resulta necesario que las disposiciones fiscales mantengan correspondencia con esa regulación y permitan a las personas usuarias identificar con claridad los trámites que les corresponden y los importes establecidos para cada servicio.
El Diputado del Distrito 15 de Iztacalco detalló que la modificación al artículo 224 no crea un catálogo independiente de cuotas para los VEMEPE, sino que los incorpora al régimen que actualmente contempla los derechos por servicios de control vehicular de motocicletas y motonetas.
“Los VEMEPE podrán acceder a la reducción del 50% que el Código Fiscal ya contempla para motocicletas y motonetas eléctricas, únicamente en los conceptos establecidos en las fracciones I, II, IV y V del artículo 224”, subraya y ejemplifica que la cuota establecida para el alta vehicular es de 709 pesos, por lo que, con la reducción prevista, el importe sería de 354 pesos con 50 centavos.
Respecto del artículo 229, agrega que, el dictamen incorpora expresamente a los VEMEPE en las disposiciones correspondientes a las licencias A1 y A2, manteniendo las cuotas vigentes para ambas modalidades.
A modo de corolario, Trejo Pérez enfatiza que la reforma no crea una licencia exclusiva para los VEMEPE ni incrementa las cuotas nominales de las licencias existentes. “Se trata de reconocer expresamente a esta categoría vehicular dentro de las modalidades ya contempladas por la legislación fiscal”, concreta.