Diputados establecen la objeción de conciencia de personal médico y enfermeras del Sistema Nacional de Salud

Ciudad de México. 10/10/17.- Con 313 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social (GPPES), por el que se adiciona un artículo 10 bis a la Ley General de Salud, el cual trata y regula el tema de la objeción de conciencia durante procedimientos médicos.

Con ello, se permite a doctores y personal de enfermería, ejercer su derecho a la objeción de conciencia, mediante el cual, con total respeto y precisamente en el cumplimiento de la ley de salud, un doctor o personal de enfermería podrá excusarse de participar en tratamientos, programas u otras actividades que contravengan su libertad de conciencia, con base en sus valores o principios éticos.

Se establece que el personal médico y de enfermería, que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley.

Se especifica que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia”. Gracias a este candado, el dictamen aprobado no implica límite ni riesgo a la salud o vida del paciente, pues ningún doctor ni personal de enfermería podría hacer uso de la objeción si la vida está en riesgo o se trata de una urgencia médica.

Al hablar a nombre de los legisladores de Encuentro Social, que coordina el hidalguense Alejandro González Murillo, la diputada Norma Edith Martínez Guzmán, quien presentó la iniciativa, indicó que afirmar que la aprobación del dictamen en cuestión pone en riesgo la vida de las personas, o bien, que con ello quedó aprobado algún supuesto tipo de objeción de conciencia “institucional” es muestra de ni siquiera haber conocido su contenido, o bien, de querer engañar a la ciudadanía.

El dictamen aclara que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en el causal de responsabilidad profesional”.

También sostiene que “el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral”.

En los artículos transitorios se establece que la Secretaría (de Salud) tendrá un plazo de 90 días naturales posteriores a la publicación del decreto, para emitir las disposiciones y lineamientos necesarios para el ejercicio de este derecho en los casos que establece la ley.

Asimismo, que el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las modificaciones legislativas conforme a lo dispuesto en el presente decreto, dentro de los 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor.

Las acciones que se generen con motivo de su entrada en vigor se cubrirán con los recursos financieros, humanos y materiales con los que actualmente cuente la Secretaría de Salud.

El dictamen que se presentó al Pleno adiciona un artículo 10 Bis a la Ley General de Salud y surgió de una iniciativa que la diputada Norma Edith Martínez Guzmán (PES) presentó el 4 de noviembre de 2015, pero al iniciar la discusión se aprobó una modificación que presentó la Comisión de Salud.

El Pleno avaló el documento en lo general con 313 votos a favor, 105 en contra y 26 abstenciones.

Posteriormente se aprobó una reserva de la diputada Cecilia Soto González (PRD), para aclarar que se incurrirá en causal de responsabilidad profesional cuando se invoque la objeción de conciencia en casos en que se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.

El dictamen fue avalado en lo particular por 367 votos a favor, 34 en contra y 28 abstenciones, y se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

Martínez Guzmán argumentó que “siendo un tema tan importante, no basta su protección convencional mediante la interpretación conforme un sistema constitucional de derechos humanos. Es necesario sacar ese derecho de las lagunas jurídicas que hoy lo ahogan”.

Agregó que el Partido Encuentro Social (PES) está comprometido con los valores fundamentales, con los principios que forjan una sociedad sana y floreciente. “Entre estos valores está precisamente la libertad, por lo cual no nos conformaremos sólo con el sector salud; la libertad, la objeción de conciencia es para todos”.

Me da tremendo gusto saber del consenso en torno a esta iniciativa, apuntó, ya que el 26 de febrero del 2016 fue aprobada en la Comisión de Salud, con el voto a favor de 26 diputados de los ocho grupos parlamentarios, cero en contra y cero abstenciones.

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