Ferrocarril del Istmo deberá informar sobre asamblea de accionistas

Ciudad de México, 10 Enero (Mensaje Político/CÍRCULO DIGITAL).– En respuesta a la solicitud de un particular, Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec deberá entregar copias de las actas de las sesiones ordinarias, extraordinarias o de cualquier naturaleza realizadas por su Asamblea de Accionistas entre 2007 y 2016.

Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) luego que la empresa ferroviaria se declaró incompetente en ese asunto.

En un comunicado, la dependencia informó que esa compañía orientó al solicitante a presentar su petición ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), bajo el argumento de que el secretario de la Asamblea de Accionistas se encontraba adscrito a esa instancia.

Refirió que la comisionada Areli Cano Guadiana argumentó la importancia económica y social que desde hace más de un siglo ha tenido el uso del ferrocarril, tendiendo vías que interconectan comunidades y regiones a lo largo de su territorio, lo cual ha favorecido el transporte de bienes y personas.

La dependencia indicó que tras el análisis del caso, se consideró que el sujeto obligado es competente para conocer las actas de las sesiones de la Asamblea de Accionistas.

Mencionó que de la revisión de los estatutos de la empresa, se determinó que si bien estos documentos son expedidos por el secretario del órgano colegiado, función a cargo de un servidor público de la SCT, este hecho no puede considerarse una limitante para negar el acceso a los mismos.

Ello, apuntó, dado que su naturaleza es de carácter público, debiendo ser reservados temporalmente en aquellos supuestos previstos en las leyes en la materia.

Para la comisionada Cano, la difusión de las actas de las sesiones solicitadas es de suma importancia porque abren al escrutinio de la sociedad aspectos fundamentales sobre la integración, organización y funcionamiento de la Asamblea de Accionistas de una empresa de participación estatal mayoritaria, así como sus deliberaciones y decisiones adoptadas.

Lo anterior, dijo, permitirá conocer la forma en que dicha instancia colegiada ha ejercido las atribuciones establecidas en los estatutos de la empresa, entre ellas la de revisar los informes financieros y de otra naturaleza que le sean remitidos.

Asimismo, crear o incrementar las reservas del capital social, determinar el destino del superávit económico o en su caso, decidir la disolución y liquidación de la sociedad, anotó.

Por ello, el pleno del INAI revocó la respuesta del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec y le instruyó entregar al particular las actas de las sesiones de su Asamblea de Accionistas en el lapso referido, protegiendo, en su caso, la información de carácter confidencial.

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