Plantean un Código Nacional en Materia Civil y Familiar

Tanto la Constitución como los Tratados Internacionales son de aplicación directa, por lo que los jueces y autoridades en proceso judicial deben acudir a ellos para que no se entienda que la falta de una regla es sinónimo de que no hay derecho y que no se puede emitir una norma.
En ello coinciden especialistas de la Barra Mexicana de Abogados BMA, la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados, A.C. (ANADE), y el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM).
Sin embargo, el fortalecimiento del Estado de Derecho a través de reglas procesales ágiles y efectivas plasmadas en un sólo Código Nacional en Materia Civil y Familiar, permitirá a México avanzar de manera eficaz en la garantía del derecho humano a la justicia para todos.
El Código será muy útil para resolver los problemas cotidianos a los que se enfrenta la gente día a día en su quehacer civil, como resolver de manera más ágil y expedita procedimientos legales como el reparto de herencias, la resolución de divorcios, el proceso de adopción o hacer exigible el incumplimiento de contratos civiles.
Así lo sostuvo la senadora Yolanda de la Torre Valdez durante las mesas de trabajo del Foro “Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares: los nuevos desafíos para el efectivo acceso a la justicia” en las que participaron los tres colegios de abogados más destacados del país a nivel nacional.
La legisladora integrante de la Comisión de Justicia resaltó que las propuestas presentadas serán consideradas en la elaboración del dictamen, y agregó que con este Foro, el Senado de la República contribuye para construir mejores instituciones del Estado mexicano que demandan los y las ciudadanas.
También se propuso que la armonización de normas convencionales y nacionales sea efectiva o que se dedique un capítulo del Código a la inclusión de los términos principales de los tratados internacionales en materia civil y de familia.
Advirtieron que se debe hacer efectiva la introducción de nuevas tecnologías como medios de prueba; por ejemplo, el Código de comercio prevé que los mensajes de datos servirán como medio para asegurar transacciones y medios de prueba en procedimientos judiciales y administrativos; así como para estar acordes a la Ley Fintech.
Se expuso que es necesario cambiar el formato de los edictos, que se publique un edicto electrónico en la página oficial de cada tribunal; en materia de supletoriedad de normas, el Código debe contener la mayor cantidad de supuestos normativos posibles para que se acuda a éste en suplencia de otros procedimientos.
Aunado a esto, plantearon considerar la posibilidad de desahogo de pruebas en una sede exterior al juzgado para testimoniales y confesionales, con la presencia de las partes y bajo ciertos requisitos, con el propósito de aceleran los procedimientos.
Adicionalmente, se propuso regular el tema sucesorio; prever lo relativo a notificaciones; la jurisdicción voluntaria; la aplicación de medios alternativos de solución de conflictos, en especial la mediación; así como la certificación de quien ejerce la abogacía y la profesionalización de quienes participan en todos los procesos.
Las tres mesas de trabajo fueron moderadas por las senadoras Pilar Ortega Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia; Luz María Beristain Navarrete, secretaria de la Comisión de Relaciones Exteriores, y Yolanda de la Torre Valdez, de Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia.