SCJN invalida la objeción de conciencia; piden establecer límites
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de la objeción de conciencia que se establece en el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud y exhortará al Congreso de la Unión a corregir y establecer límites.
Dicho artículo permitía al personal médico y de enfermería a ejercer la “objeción de conciencia”, por lo que no podrán dejar de prestar servicio por sus convicciones religiosas, ideológicas, éticas y de conciencia
Esta estipulaba que el personal de salud podría negarse a practicar procedimientos, como la interrupción legal del embarazo, excepto cuando se trate de urgencias médicas o esté en riesgo la vida de la persona.
Los magistrados consideraron que faltan lineamientos para que la objeción de conciencia no limite el derecho a la salud de los pacientes.
Por ello, el artículo fue desechado y bajo los lineamientos que establecieron, el Congreso tendrá que volver a legislar el tema.