Pierde Lenia Batres vs Salinas Pliego
Con voto de Yazmín Esquivel, los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte determinaron que es legal el impedimento solicitado por Ricardo Salinas Pliego, dueño de Grupo Elektra, en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama, para que se abstenga de resolver un amparo promovido contra la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Previa audiencia de la Ministra interesada, en la que tuvo oportunidad de manifestar en su escrito lo que a su derecho convino, la Sala consideró fundada la recusación por falta de objetividad, en tanto la ley establece que ese supuesto se presenta cuando hay enemistad manifiesta con relación a una de las partes. Para confirmar el fallo, tomaron en cuenta expresiones públicas de Lenia Batres.
En noviembre de 2024, Salinas Pliego presentó el recurso contra la ministra Batres Guadarrama para que se le declarara impedida para conocer el amparo en revisión 492/2023, el cual había sido turnado a su ponencia, por diversos tuits publicados por la ministra entre 2017 y agosto de 2024.
El empresario promovió en 2021 un amparo en contra de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), instituciones que solicitaron información relativa a los contratos, préstamos, créditos y servicios a su nombre desde 2012 hasta esa fecha.
El dueño de Grupo Elektra consideró que se violó el principio del secreto bancario y fiscal, se invadieron facultades exclusivas del Ministerio Público y que la información obtenida no debía generar ningún efecto al ser obtenida inconstitucionalmente.
También reclamó que la UIF haya iniciado la investigación en su contra a base en la nota periodística que reveló los Pandora Papers.
Es público y constan en el expediente las siguientes manifestaciones expresadas por la Ministra Lenia Batres en su cuenta de X “@LeniaBatres”:
• “http://Las operaciones de Ricardo Salinas Pliego en los paraísos fiscales de
Luxemburgo, Malta y Barbados proceso.com.mx/510069/las-ope…”; 10:19 a.m. 9 nov.
2017.
• “Mientras Salinas Pliego regala dinero en Twitter, TV Azteca despide decenas de
personas revolucintrespuntocero.mx/?p= 11:16 a.m. 25 nov. 2020
• “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe
al país y estamos a mano” 9:03 p.m. 20 abr. 2020.
• “Nuevas formas de golpismo, no contra la autoridad, sino contra la sociedad misma. A
Salinas Pliego le preocupa una sola cosa: su negocio. MISERABLE MISERABLE
MISERABLE” 1:20 a.m. 18 abr.2020
• “Televisa y TV Azteca, los ganones de la reforma… RAYUELA Las carcajadas de
Azcárraga Jean y Salinas Pliego se oyen con fuerza más allá de nuestras fronteras” 8:15
a.m. 31 mar. 2014
• “Salinas Pliego no atenta contra el gobierno, atenta contra la vida de los mexicanos. Exijo
el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE #RetiroDeConcesiónATVAzteca”.1:45
a.m. 18 abr 2020.
Por unanimidad, los ministros Javier Laynez Potisek, Jorge Pardo Rebolledo y Yasmín Esquivel Mossa, aprobaron el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán que propuso que es legal el impedimento solicitado luego de estas declaraciones hechas por la ministra Batres contra el empresario.
Cabe señalar que el ministro Pardo Rebolledo, integrante de la Primera Sala, se incorporó únicamente para resolver este impedimento. Llamó también la atención el voto de Yasmín Esquivel, que votó a favor de impedir a Lenia Batres para participar en dicho juicio contra Salinas Pliego.
En el comunicado de la SCJN establecen que “El principio de justicia imparcial, contenido en el segundo párrafo del artículo 17 constitucional, establece el derecho que toda persona tiene de que se les administre justicia de manera pronta, completa e imparcial, y se entiende como el deber que tienen los juzgadores de ser ajenos a los intereses de las partes dentro de una controversia y de resolverlo sin favorecer o perjudicar indebidamente a ninguna de ellas.
Al usar calificativos y connotaciones despectivas sobre la forma en que se expresó del quejoso, resultó en razón suficiente para estimar que se encuentra impedida para conocer del amparo en revisión 492/2023 y, por tanto, la Segunda Sala calificó de legal el impedimento que se plantea.
La ministra Lenia Batres Guadarrama abandonó la sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Su salida provocó la falta de quórum, lo que impidió continuar con las deliberaciones.
Batres señaló que sus homólogos intentaron declararla “impedida” para conocer y votar el amparo en revisión 492/2023. Este caso involucra a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y al empresario Ricardo Salinas Pliego.
“Me retiré ante la abierta violación del Reglamento Interior de la #SCJN”, afirmó Batres. Además, denunció un acto de “sometimiento y complicidad” por parte de algunos integrantes del máximo órgano jurisdiccional hacia poderes fácticos.