Fractura Morena-PT por bloqueo de cuentas sin orden de un juez
La bancada del PT en el Senado de la República presentó una nueva iniciativa, para revocar la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que permite el bloqueo automático de cuentas por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La sorpresa se dio justo en el último día de sesiones del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, en la que presentaron la iniciativa que devolvería a los jueces decidir, por escrito, sobre la autorización de esta medida, contemplada en la Ley de Instituciones de Crédito.
El proyecto del PT plantea que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá elaborar una lista de personas bloqueadas, que tendrá el carácter de confidencial, de las personas a las que bloqueará sus cuentas bancarias, previa autorización judicial por escrito.
Será entonces cuando las instituciones de crédito deberán suspender de forma inmediata la realización de actos, operaciones o servicios con los clientes o usuarios que la Secretaría de Hacienda informe, conforme al 9º párrafo del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Podrá introducir a una persona a la lista de personas bloqueadas, cuando cuente con indicios suficientes de que se encuentra relacionada con los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita, o los asociados con los delitos señalados.
“No buscamos eliminar la capacidad del Estado para prevenir delitos financieros, sino fortalecer su legitimidad mediante la incorporación de un control judicial previo. Establecer que la inclusión en la lista de personas bloqueadas requiera una autorización judicial no debilita la acción del Estado, la robustece”, puntualizaron.
“Las intervenciones de comunicaciones, las órdenes de cateo, las órdenes de aprehensión y otras medidas invasivas requieren la autorización de un juez precisamente porque implican un impacto directo en la esfera de derechos de las personas. El bloqueo de cuentas, por sus efectos materiales, no es menor a estas medidas”, plantearon.
Los petistas argumentaron que “el artículo 20, numeral A, fracción V de la Constitución, es claro: quien acusa, prueba.
“Con este esquema avalado por la SCJN, la IUF puede congelar una cuenta bancaria con base en meras sospechas, y es la persona afectada la que debe demostrar la licitud de sus operaciones para recuperar lo que ya le quitaron; es decir, en los hechos se invierte la lógica del proceso penal”, sostienen.