Niegan amparo contra desafuero a delegado de Tláhuac

El Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México desechó de plano la demanda amparo promovida por Rigoberto Salgado, jefe delegacional de Tláhuac, contra el proceso de desafuero iniciado en su contra por la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México.

A través de un comunicado el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) explicó que, el juicio de amparo es improcedente contra resoluciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las Legislaturas de los Estados o de sus respectivas comisiones o diputaciones permanentes, en elección, suspensión o remoción de funcionarios.

La Asamblea Legislativa de la CDMX, subraya el documento, está facultada para remover a los Jefes Delegacionales por las causas graves como se establece en los artículos 42, fracción XXVII y 108 del Estatuto de Gobierno de la Ciudad de México.

Además, la Asamblea Legislativa dará oportunidad a Rigoberto Salgado para presentar pruebas y formular alegatos, para luego calificar la gravedad de la falta y resolver en definitiva sobre la remoción, por el voto de las dos terceras partes de los miembros integrantes de la Legislatura. La resolución de la Asamblea será definitiva e inatacable y surtirá sus efectos de inmediato.

Además de reiterar que la Asamblea Legislativa de la CDMX tiene la facultad de llevar a cabo el procedimiento respectivo en un ejercicio de competencia exclusiva y soberana, el juicio de amparo no puede invadir facultades que están delimitadas y conferidas como soberanas o discrecionales, ya que se dejaría de atender la potestad que la Constitución otorga a la Asamblea Legislativa, así como a la naturaleza propia de las demandas de amparo que ante todo es la defensa de los actos de autoridad que invaden la esfera jurídica de los gobernados.

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