Plantean abrir espectro de guarderías del IMSS a todos los derechohabientes sin distinción
MÉXICO 18/07/18.- El Senado de la República turnó a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a la Ley del IMSS para que los derechohabientes de ese Instituto que tienen vigentes sus derechos, puedan acceder al servicio de guarderías para sus hijos en los turnos matutino y vespertino.
Esto sin importar el género, su estado civil o situación jurídica en que se encuentren, con el fin de evitar acciones discriminatorias en su calidad de afiliados,
La ley actual solo prevé que el servicio será proporcionado a mujeres trabajadoras, viudos, divorciados o aquel que tenga la custodia de sus hijos, siempre y cuando no contraigan matrimonio nuevamente o se unan en concubinato.
La propuesta fue presentada por el diputado Arturo Huicochea Alanís, del PRI, durante la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión e involucra reformas a los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social.
La iniciativa fundamenta que todos los trabajadores que se encuentran inscritos y al corriente en los pagos de sus cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con la legislación vigente, tienen derecho a la atención por riesgos de trabajo; enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y Guarderías y prestaciones sociales.
En el caso de las guarderías, el diputado Huicochea Alanís hizo énfasis que “las disposiciones antes mencionadas resultan discriminatorias, en primer lugar porque no otorgan la protección necesaria a las distintas familias, que muchas veces se ven obligadas a que todos sus miembros trabajen para obtener los recursos para solventar los gastos, e indistintamente que uno de ellos puede tener que trabajar y hacerse cargo de personas menores de edad”, señaló.
Agregó que, de esa manera, la ley del IMSS está dejando de lado el libre desarrollo de la personalidad, pues condiciona a su estado civil del derechohabiente el acceso a este derecho que como afiliados les corresponde, inmiscuyéndose en el libre proyecto de vida de las personas y asignando roles.
“Una de las características de esta ley es que debe ser general y abstracta, lo que implica que se debe aplicar en condiciones imparciales a todas las personas, es decir, sin atender a un género, quien tenga bajo su cuidado a menores de edad, que este afiliado al seguro social, este al corriente de los pagos de las cuotas y que deba hacerse cargo de un niño o niña, debe tener la posibilidad de acceder al servicio de guardería, atendiendo al interés superior del menor”, argumentó.

