Tan caro como elegir a un Presidente: Taddei
La elección directa de juzgadores en el marco de la Reforma al Poder Judicial, podría alcanzar el costo de una elección presidencial o incluso más, dependiendo el número de cargos que se van a elegir, advirtió la presidenta del INE, Guadalupe Taddei.
Sin embargo, para el presidente de Mexico, Andrés Manuel López Obrador, la cosa parece sencilla. Propuso que los lugares para jueces o ministros se dé por pase automático o rifa.
La ministra de la Suprema Corte, Lenia Batres Guadarrama, solicitó auxilio del personal de seguridad cuando un grupo de los asistentes la interrumpió.
Batres considera que la conformación del Tribunal de Disciplina Judicial es una parte integral de la reforma, ya que este permitiría dar solución a las quejas de los ciudadanos en las fallas de en la impartición de justicia.
“¡No sabes ni lo que estás diciendo!”, increparon a la magistrada durante su intervención en el teatro Fernando Calderón. en un foro sobre la reforma judicial realizado en Zacatecas este lunes.
“¿Auxilio por qué ministra?”, respondieron las personas desde su lugar.
Mientras tanto, en la UNAM, continúa el análisis sobre la viabilidad del Tribunal de Disciplina Judicial que plantea la reforma de AMLO. Este supliría al actual Consejo de la Judicatura e investigaría o sancionaría los actos contrarios a la ley cometidos por ministros, magistrados o jueces.
Edgar Corzo Sosa, profesor de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM advirtió sobre la intromisión de dos Poderes sobre la autonomía de otro Poder.
Se cuestiona lo hecho hasta ahora respecto al comportamiento de cinco mil jueces y busca implementar otro modelo que afecta la independencia del Poder Judicial. “Estoy de acuerdo en la intolerancia a la corrupción y al tráfico de influencias, pero en esta propuesta están metidos los tres poderes para analizar a uno. El Ejecutivo y el Legislativo participan en un asunto del Judicial, y se necesita un equilibrio”.
Carla Huerta Ochoa, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), externó que la iniciativa no preserva la independencia del Poder Judicial y el modelo de disciplina que propone implica obediencia.
Cristian Miguel Acosta García, profesor de la FES Acatlán, recomendó un estudio de derecho comparado para analizar la iniciativa del Tribunal de Justicia.
Víctor Hugo Rodríguez Montiel, también profesor de dicha entidad académica, estimó que la propuesta implica un cambio de paradigma ante el cual sugirió hacer un análisis crítico y constructivo para lograr la transformación. “Esta reforma está encaminada a la persecución política y vulnera el derecho a una justicia expedita”.
El profesor de la FES Aragón, Miguel Mejía Sánchez, advirtió que la elección popular de los jueces vulnera la capacidad técnica y la independencia del Poder Judicial”.
Karolina Monika Gilas, académica de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, expuso: las democracias no eligen a sus jueces, ni una en el mundo. “Estados Unidos lo hace a nivel estatal, y el único caso a nivel federal es Bolivia, por lo que la designación por voto popular no garantiza la mejor impartición de justicia”.
El exdirector de la Facultad de Derecho de la UNAM, Raúl Juan Contreras, detalló que para configurar una Judicatura más transparente que impulse una impartición de justicia eficaz, eficiente y equitativa la reforma debe considerar:
➡️Garantizar la división de Poderes
➡️Garantizar la autonomía de los jueces, ministros y magistrados como lo establece el Derecho Internacional
➡️Modificar el número de jueces por número de habitantes acompañado de políticas públicas mejor diseñadas y una mayor asignación de recursos para el #PoderJudicial
➡️La reforma a nivel federal debe ser “ejemplar” para que sea replicada exitosamente a nivel local
➡️Las personas juzgadoras deben ser idóneas para el cargo
➡️Se debe enfocar en crear una carrera judicial que responda a los estándares internacionales
➡️Debe determinar que los jueces están obligados a defender los derechos de las minorías
➡️Construir un sistema de justicia que se apegue a lo establecido en las convenciones internacionales en la materia