CONTEXTOS / Valores digitales

Por Teófilo Benítez Granados, Rector del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas (CESCIJUC)

Internet de las cosas, análisis avanzado e inteligencia artificial aumentan el alcance, poder y  velocidad de la gestión del conocimiento basada en computadoras y el soporte de decisiones. Como resultado, los sistemas nerviosos digitales se vuelven vanguardistas e impulsan la acción en la gestión empresarial.

Los datos son el nuevo “oro” empresarial y la columna vertebral de la experiencia de compras, pero también un importante predictor de tendencias de nuevos productos y servicios e incluso una herramienta fiable para vaticinar velocidad en rotación de inventarios y alertar sobre tendencias y expectativas de mercado.

Paradójicamente, pese a su importancia y trascendencia en la economía, existe un gran desconocimiento de los activos digitales en el ámbito personal o privado.

Aunque la vida en el entorno digital es cada vez más intensa, dado que se emplea este espacio para trabajar, estudiar, buscar información, comunicarse, entretenerse y contratar servicios, en general se pasa por alto que cada vez que en cada interacción se dejan huellas de identidad.

El Informe Data Never Sleeps 9.0 de la empresa de investigación de mercados DOMO, reveló que cada minuto seis millones de individuos realizan alguna compra en línea, suben 240 mil fotos a Facebook, publican 575 mil tweets, Microsoft Teams conecta a 100 mil usuarios y se comparten muchos datos más.

Así se crean activos o bienes “digitales” como música, libros, cuentas on line, contraseñas, redes sociales o blogs que se almacenan en archivos electrónicos en la nube, equipos de cómputo, dispositivos, servidores o plataformas.

Algunos de éstos activos tienen carácter patrimonial lógico como las criptomonedas o los dominios en Internet. Otros no son susceptibles de valoración económica de manera aparente, como las imágenes, videos o mensajes. No obstante, éstos pueden ser de gran valor económico en el caso de usos profesionales de imágenes o textos.

Un libro de intercambio epistolar entre Octavio Paz y Elena Garro, por ejemplo, tiene un alto valor cultural, de ahí que se disputen los derechos autorales del libro que compendió estas cartas.

A nivel mundial existen muchos huecos en cuanto a los activos digitales de los consumidores. La Carta de Derechos Digitales, adoptada en España como referencia para que el desarrollo y uso de las tecnologías garanticen la dignidad y libertades de las personas, incluye ala herencia digital como una prerrogativa fundamental.

En  2021, el Congreso de la Ciudad de México aprobó modificaciones al Código Civil para reconocer este derecho que consiste en decidir a quién o a quiénes legaremos nuestros bienes digitales al morir; los cuales podrán quedar resguardados por la notaría elegida como parte de nuestro testamento.

Esta norma permite nombrar un ejecutor especial para que pueda acceder a este tipo de bienes o derechos del titular fallecido, y proceder según su voluntad expresa y legalmente validada.

Si la persona no dispuso qué hacer con su información electrónica u ordenó su destrucción, el ejecutor solicitará su eliminación a las instituciones públicas y privadas que la conserven para salvaguardar su derecho al olvido.

 

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